Este jueves 26 de marzo, Noelia, una joven argentina de 25 años residente en Alicante, accederá a la prestación de ayuda para morir en un hospital público de la Comunidad Valenciana. El procedimiento se concretará tras el fallo de la Audiencia Provincial de Alicante, que rechazó las medidas cautelares interpuestas por su padre y reconoció el derecho de la paciente a decidir sobre su propia vida.
La intervención se realizará bajo los lineamientos de la Ley Orgánica 3/2021 de regulación de la eutanasia, con la supervisión de la Comisión de Garantía y Evaluación. El equipo médico iniciará el proceso con la canalización de una vía venosa periférica y aplicará una sedación profunda para evitar sufrimiento, seguida de la administración de bloqueantes neuromusculares que provocan el cese de las funciones vitales en pocos minutos.
Los requisitos legales cumplidos
Noelia acreditó nacionalidad argentina y residencia legal en España por más de doce meses, presentó dos solicitudes escritas con quince días de diferencia y fue evaluada por un médico responsable y un consultor independiente. Ambos coincidieron en que su situación clínica —paraplejía irreversible y dolores crónicos incontrolables— cumplía con los supuestos de la ley.
El padre de la joven intentó frenar el procedimiento alegando incapacidad mental, pero los peritajes psicológicos confirmaron que Noelia conservaba plena capacidad de decisión. “Quiero dejar de sufrir y que se respete mi voluntad”, expresó en uno de los documentos del expediente.
Un precedente sobre autonomía y discapacidad
El caso se convirtió en un precedente sobre los límites de la intervención de terceros en la autodeterminación de personas adultas con discapacidad. Según la normativa, la muerte resultante de la prestación de ayuda para morir tendrá la consideración legal de muerte natural, con efectos en seguros y registros.
La Generalitat Valenciana garantizó la gratuidad de la prestación dentro del sistema público de salud. Tras el procedimiento, el médico responsable deberá remitir un informe detallado a la Comisión de Garantía y Evaluación para asegurar la transparencia del acto asistencial.
