La Sala IV de la Cámara Federal anuló por unanimidad la resolución que había flexibilizado la suspensión de desmontes en la provincia del Chaco, reestableciendo la protección plena de los bosques nativos del Gran Chaco argentino. El fallo, celebrado por organizaciones ambientalistas —entre ellas Aves Argentinas—, marca un precedente clave en materia de tutela ambiental y reafirma la vigencia operativa de los principios preventivo y precautorio.

La decisión judicial se dictó tras los recursos presentados por la fiscalía y entidades conservacionistas, que advirtieron sobre el riesgo de daño ecológico irreversible si se permitía avanzar con las topadoras mientras se discutía el fondo del caso.

Un precedente que trasciende al Chaco

El tribunal sostuvo que:

  • el principio precautorio debe aplicarse plenamente ante escenarios de riesgo ambiental grave,
  • el fuero federal es competente cuando existe posible afectación interjurisdiccional,
  • y las normas ambientales vigentes no son meras declaraciones, sino reglas obligatorias que deben guiar cada decisión administrativa y judicial.

Los jueces remarcaron que la protección de los bosques nativos constituye un bien colectivo, cuya preservación excede los límites provinciales y compromete al Estado nacional.

Alivio judicial para los bosques chaqueños

El fallo también refuerza la obligación de los magistrados de no esperar a que el daño ocurra para intervenir. La Cámara recordó que, ante la posibilidad de un impacto severo o irreversible, corresponde adoptar medidas de protección inmediatas.

Esto implica que:

  • no se pueden autorizar desmontes mientras existan dudas sobre su legalidad o impacto,
  • la carga de la prueba recae en quienes impulsan actividades con potencial degradatorio,
  • y el Estado debe actuar con máxima diligencia para evitar la pérdida de ecosistemas críticos.

Un mensaje claro para todo el país

La resolución sienta un estándar que podría influir en otros conflictos ambientales en Argentina. Al reafirmar la fuerza normativa de la Ley de Bosques, la Cámara envía un mensaje contundente:

La protección ambiental no es optativa ni negociable; es un deber jurídico del Estado y un derecho de toda la sociedad.

Para las organizaciones ambientalistas, el fallo representa un avance significativo en la defensa del Gran Chaco, uno de los biomas más amenazados del continente.

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