El procurador general de la Nación, Eduardo Casal, dictaminó que la Corte Suprema de Justicia debe revocar el fallo que restituyó de manera provisoria la pensión vitalicia que percibe Cristina Fernández de Kirchner como viuda del expresidente Néstor Kirchner. Para el jefe del Ministerio Público Fiscal, la resolución de la Cámara Federal de la Seguridad Social incurrió en una contradicción jurídica “insalvable” al omitir los efectos de la condena firme por corrupción que pesa sobre la exmandataria en la causa Vialidad.

El dictamen, de 13 páginas, sostiene que el fallo cuestionado presenta una “autocontradicción evidente” que lo descalifica como acto jurisdiccional válido y habilita la intervención del máximo tribunal mediante el recurso extraordinario federal.

Una contradicción que invalida la resolución de la Cámara

Casal señaló que la Cámara Federal de la Seguridad Social reconoció expresamente que el juez de ejecución penal es el único competente para evaluar la aplicación de la condena, pero aun así ordenó que Cristina Kirchner continúe percibiendo la pensión vitalicia. Ese razonamiento, afirmó, implica desconocer las facultades exclusivas del magistrado encargado de ejecutar la sentencia penal.

El procurador remarcó que la Cámara sostuvo que no pretendía interferir en las decisiones del juez de ejecución, pero simultáneamente dictó una medida cautelar que afecta directamente los efectos de la condena. Para Casal, esa contradicción vuelve la sentencia “insostenible como acto judicial válido”.

La inhabilitación prevista en el Código Penal

El dictamen también cuestiona que la Cámara haya omitido aplicar el artículo 19, inciso 4, del Código Penal, que establece que las condenas de prisión superiores a tres años llevan aparejada la inhabilitación absoluta durante el tiempo de la condena. Esa inhabilitación incluye la suspensión del goce de toda jubilación, pensión o retiro, tanto civil como militar.

Casal sostuvo que la Cámara no brindó fundamentos para apartarse de esa norma, pese a que la condena firme en la causa Vialidad encuadra en los supuestos previstos por el Código Penal. La omisión, afirmó, constituye otro motivo para revocar la medida cautelar.

El dictamen respalda el recurso del Ministerio Público Fiscal

A partir de estos argumentos, el procurador general respaldó el recurso extraordinario presentado por el Ministerio Público Fiscal y recomendó a la Corte Suprema dejar sin efecto la resolución que permitió a Cristina Kirchner recuperar provisoriamente el cobro de la pensión vitalicia.

Casal consideró que el caso presenta una cuestión federal suficiente, ya que involucra la correcta aplicación de los efectos de una condena penal firme y la interpretación de normas de jerarquía constitucional.

Qué debe resolver ahora la Corte Suprema

La Corte Suprema deberá decidir si mantiene vigente la medida cautelar que restituyó el beneficio o si hace lugar al planteo de la Procuración y revoca la decisión de la Cámara Federal de la Seguridad Social. El fallo del máximo tribunal definirá si la exmandataria puede seguir percibiendo la pensión mientras se tramitan las consecuencias derivadas de su condena en la causa Vialidad.

La resolución tendrá impacto institucional y político, ya que se trata de la primera vez que la Corte deberá pronunciarse sobre los efectos patrimoniales de una condena firme contra una expresidenta de la Nación.

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