La Cámara de Diputados se prepara para debatir el proyecto de “Modernización Laboral”, que ya cuenta con media sanción del Senado. La iniciativa, impulsada por el Poder Ejecutivo, introduce modificaciones sustanciales en la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744, vigente desde 1976. Los cambios abarcan aspectos sensibles de la relación laboral, desde las horas extras hasta las indemnizaciones, y generan un intenso debate entre el oficialismo, el sindicalismo y los especialistas en derecho laboral.
1. Horas extras bajo acuerdo voluntario
El proyecto incorpora un nuevo artículo 197 bis que habilita a empleadores y trabajadores a pactar voluntariamente un régimen de compensación de horas extras. El acuerdo deberá formalizarse por escrito, consignando límites, métodos de control y registro de las horas trabajadas. Se mantiene la posibilidad de optar por sistemas como banco de horas o francos compensatorios, pero se refuerza la idea de que el trabajador pueda disponer de las horas acumuladas para su propio beneficio.
2. Banco de horas y flexibilidad en la jornada
El artículo 198 redefine la jornada máxima, permitiendo que convenios colectivos e incluso contratos individuales establezcan métodos de cálculo más flexibles. Se introduce la figura del banco de horas, que habilita compensar jornadas extensas con otras más reducidas, siempre que no se supere el máximo semanal ni se vulneren los descansos mínimos de 12 horas entre jornadas y 35 horas semanales. Este punto es considerado por el oficialismo como un mecanismo de “modernización”, mientras que los gremios advierten sobre riesgos de precarización.
3. Vacaciones fraccionadas y notificación reducida
El artículo 41 sustituye el vigente 154 y mantiene el período tradicional de vacaciones entre octubre y abril, aunque habilita que las partes acuerden fechas fuera de ese lapso. La novedad más significativa es la posibilidad de fraccionar las vacaciones en tramos no menores a siete días, lo que otorga mayor flexibilidad a las empresas. Además, la notificación al trabajador se reduce de 45 a 30 días de antelación, lo que genera críticas por parte de sindicatos que consideran que se limita la previsibilidad.
4. Indemnizaciones redefinidas
Las indemnizaciones por despido no desaparecen, pero se modifican de manera sustancial. El cálculo excluye conceptos no mensuales como aguinaldo, vacaciones o premios, reduciendo así el monto final. Además, la percepción de la indemnización extingue cualquier reclamo judicial o extrajudicial vinculado al despido, cerrando la puerta a demandas adicionales. El proyecto habilita a los empleadores a constituir fondos de cese laboral, financiados exclusivamente por ellos, como alternativa al pago directo de indemnizaciones.
5. Derechos para trabajadores de plataformas
Por primera vez, la normativa incorpora un capítulo específico para los prestadores independientes de plataformas digitales como Rappi o Pedidos Ya. Se reconoce su derecho a rechazar pedidos sin justificación, recibir explicaciones ante suspensiones, interactuar con operadores y acceder a capacitaciones en seguridad vial. También se establece la obligación de las plataformas de proveer un seguro de accidentes personales que cubra fallecimiento, incapacidad y gastos médicos. Los repartidores, además, tendrán garantizado el 100% de las propinas otorgadas por los consumidores.
Un debate abierto
La Reforma Laboral 2026 se presenta como uno de los proyectos más ambiciosos del oficialismo en materia de empleo. Sus defensores sostienen que introduce herramientas de flexibilidad y adaptación a nuevas formas de trabajo, mientras que sus detractores alertan sobre un retroceso en derechos adquiridos y un debilitamiento de la protección laboral.
El debate en Diputados promete ser intenso y marcará un punto de inflexión en la relación entre el Gobierno, los sindicatos y los trabajadores, en un contexto de conflictividad social y económica.
