La jueza Marta Elba Pascual, del Juzgado de Responsabilidad Penal Juvenil N.º 2 de Lomas de Zamora, ordenó la suspensión preventiva por 60 días de la aplicación del nuevo Régimen Penal Juvenil en la provincia de Buenos Aires.

La decisión surgió a partir de un habeas corpus preventivo colectivo presentado por la Federación Familia Grande Hogar de Cristo, que cuestionó la capacidad del Estado para implementar el régimen sin contar con infraestructura, personal y recursos suficientes para atender a los adolescentes alcanzados por la norma.

Motivos de la suspensión

La jueza consideró que:

  • No existen actualmente las condiciones materiales e institucionales adecuadas para aplicar el régimen.
  • Ampliar la cantidad de jóvenes sometidos al sistema penal sin recursos suficientes podría vulnerar derechos fundamentales.
  • Los informes del Organismo Provincial de Niñez y Adolescencia describieron una situación crítica en los centros de alojamiento y atención.
  • Corresponde aplicar el principio precautorio, es decir, actuar antes de que se produzca un daño efectivo a los derechos de niños, niñas y adolescentes.

Fundamentos jurídicos

El fallo se apoya en:

  • La Constitución Nacional.
  • La Convención sobre los Derechos del Niño.
  • Estándares internacionales de protección de la infancia promovidos por la ONU.

Según la resolución, no sería compatible con esos estándares incorporar más adolescentes al sistema penal si éste no garantiza condiciones adecuadas de alojamiento, atención y reinserción.

Consecuencias inmediatas

Durante los próximos 60 días:

  • Queda frenada la aplicación del nuevo régimen en territorio bonaerense.
  • El Estado provincial deberá demostrar que puede garantizar infraestructura, personal especializado y dispositivos de contención adecuados.
  • Se abre un conflicto institucional entre el Poder Judicial y los responsables políticos encargados de implementar la reforma.

Clave política

El fallo no declara inconstitucional la ley, sino que suspende temporalmente su aplicación debido a la falta de condiciones para ejecutarla. El centro de la discusión pasa ahora de la conveniencia de la reforma a la capacidad real del Estado para implementarla respetando los derechos de los adolescentes involucrados.

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